jueves, 15 de enero de 2009

Que hacer para constituir una Cooperativa

Para conformar una Cooperativa es necesario:

Paso 1:
Retirar la planilla de reserva de denominación para seleccionar el nombre que llevará la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada. Este es el único paso que puede realizar una persona ajena a la cooperativa que está por constituirse. Para ello, debe dirigirse a la receptoría de la SUNACOOP que se encuentra ubicada en la esquina de la Marrón a Dr. Paúl, edificio Seguros Caracas (al lado de General Import), Torre Norte. Parroquia Catedral, Caracas- Distrito Capital. En el caso del interior del país, dirigirse a las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE.

Paso 2:
Luego de tres (3) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.

Esta constancia debe ser retirada en la receptoría de la SUNACOOP. La reserva tiene una duración de 90 días.

Paso 3:
Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC).

Paso 4:
Una vez aprobados los Estatutos por los asociados, se acudirá al registro inmobiliario de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa.

Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Inmobiliarios del país.

Paso 5:
Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la cooperativa.

Nota:
Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización.

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